El juicio por Demora Consular (también llamado Juicio por Falta de Turno) se puede solicitar cuando se tiene un turno para presentar la solicitud de la ciudadanía por iure sangüinis en el consulado correspondiente de tu país para dentro de un año o más, o bien, cuando se demuestra la imposibilidad de obtener un turno en reiteradas ocasiones en el consulado.
En caso de juicio por demora Consular quien acciona la justicia debe probar documentalmente la mora del Consulado a los fines de la legitimación activa (mediante capturas de pantalla, cartas documentos dirigidas al Consulado adjuntando, entre otros).
La documentación que debe ser presentada para el Juicio por Demora Consular es la misma que se presenta por vía administrativa o por juicio por vía materna, es decir, sin saltos generacionales, es decir, desde el emigrado hasta el último interesado y con los requisitos de ley (en el siguiente orden: Acta Original + Legalización + Apostilla + Traducción + Sello de conformidad del Consulado Italiano o doble Apostilla o Traducción y Asseverazione en Italia.
– Acta de Nacimiento, Acta de Matrimonio (divorcio si lo hubiere, del solicitante unicamente) y Acta de Defunción;
– Certificado de No Renuncia (o Renuncia si corresponde) a la ciudadanía Italiana del emigrado (CNE).
No es necesario viajar a Italia para comenzar este juicio;